Comunicación Audiovisual, Publicidad y Relaciones Públicas

Doctorado. Curso 2024/2025.

Organización del programa

ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO

1. Supervisión de tesis doctorales

Las actividades previstas para fomentar la dirección o codirección de tesis siguiendo la normativa de desarrollo del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero (BOE 10/02/2011) que regula los estudios de doctorado en la UniversidadComplutensedeMadridseencuentraenla url:www.ucm.es/normativa <http://www.ucm.es/normativa>

2. Seguimiento del Doctorando

- Composición de la Comisión Académica

La Comisión Académica del Programa de Doctorado está integrada por el coordinador del programa, por los directores de los Departamentos de Comunicación Audiovisual y Publicidad I y II, un secretario y un doctor de de cada uno de los equipos de investigación del Programa y elegido por estos equipos, entre los profesores que hayan dirigido, al menos, una tesis doctoral en los últimos cinco años.

El Programa de Doctorado contará con un coordinador designado por el Rector de la Universidad, a propuesta de la Junta de Facultad de Ciencias de la Información, de entre los profesores del programa.

- Funciones de la Comisión académica.

La Comisión Académica será responsable del diseño, organización y coordinación de todos los aspectos del programa de doctorado, incluidas las actividades de formación, investigación y movilidad del programa.

Todo ello no obstante, la UCM, dentro de su estrategia de calidad y su compromiso como institución pública al servicio de la sociedad, considerará de forma especial el grado de empleabilidad de los doctores formados en cada programa. La UCM establecerá un sistema de seguimiento de los alumnos. Este seguimiento, junto con el análisis de los resultados del programa en materia de movilidad, visibilidad, coordinación y evaluación interna, será llevado a cabo por los órganos responsables de calidad de la universidad.

La supervisión del plan de los doctorandos se realizará mediante compromiso documental firmado por la Comisión Académica, el doctorando, el tutor y su director. El documento incluirá un plan de movilidad ajustado a las necesidades del doctorando y a su dedicación (plena o parcial), que se concretará de manera definitiva –como máximo- al cumplirse el primer año. Lo propondrá el director de acuerdo con el doctorando y concretará lugar, fechas aproximadas y compromiso del centro ad quem de recepción y atención. Igualmente un plan de trabajo fundamental para la estancia. El Plan lo aprobará la comisión académica en cada caso transcurrido ese plazo máximo.

Se podrá, de manera extraordinaria, proponer cambios al mismo (no su anulación) a propuesta razonada del Director de la tesis y de acuerdo con el doctorando.

3. Seguimiento del Plan de investigación y del Documento de actividades

Anualmente la comisión académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes. Este informe deberá elaborarlo cada año el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa.

La evaluación negativa cuando se produjera deberá estar debidamente motivada. El doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses. Para ello deberá elaborar un nuevo Plan de investigación. Si hubiere nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.

La UCM establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante compromiso documental firmado por la universidad, el doctorando y su director. Tras ser asignado el Director, este documento será rubricado tras ser admitido al programa de doctorado. Se admitirá como procedimiento de resolución de conflictos el arbitraje de la comisión académica. También contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial así como el régimen de la cesión de los derechos de explotación que integran la propiedad intelectual e industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado y de la tesis que se realiza.

4. Composición del tribunal y procedimiento de evaluación y defensa de la tesis

Todos los miembros del Tribunal serán doctores, con experiencia investigadora acreditada y reciente. Ni los Directores de la Tesis ni el tutor podrán formar parte del Tribunal. La Comisión de Doctorado procederá a nombrar el tribunal de la Tesis, que estará compuesto por cinco titulares y al menos dos suplentes. El Presidente y el Secretario deberán pertenecer a la UCM; presidirá el miembro de la UCM de mayor categoría y antigüedad y el otro miembro de la UCM actuará como Secretario. Uno de los suplentes deberá ser de la UCM. En todo caso, el tribunal estará formado por una mayoría de miembros externos a la universidad y a las instituciones colaboradoras en la Escuela o programa. En casos excepcionales debidamente justificados, y previa autorización de la comisión académica responsable del programa, se admitirá que en la constitución del tribunal, como máximo dos de los vocales del Tribunal actúen mediante videoconferencia, siempre y cuando los medios audiovisuales lo permitan. El Tribunal, al finalizar el acto de defensa, emitirá un informe y una calificación global de la Tesis en términos de “apto” o “no apto”. Cada miembro del Tribunal decidirá en voto secreto sobre la concesión de la mención “cum laude” a la Tesis Doctoral, y para ello entregará al Presidente en sobre cerrado su decisión al respecto. El Presidente autentificará con su firma cada uno de los sobres. El Secretario del Tribunal entregará en la unidad administrativa la documentación relativa al acto de defensa. Cuando la calificación de la defensa haya sido realizada mediante videoconferencia, el presidente del Tribunal arbitrará las medidas que garanticen la confidencialidad de las calificaciones remitidas por miembros no presenciales. La tesis obtendrá la mención de «cum laude» si se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad. Con dicho objeto los sobres cerrado autentificados por el presidente serán abiertos en sesión pública por el Secretario del centro correspondiente al menos un día después del acto de defensa.

Una vez aprobada la Tesis Doctoral, la UCM se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma, así como de toda la información complementaria, al ministerio correspondiente.

En circunstancias excepcionales determinadas por la comisión académica responsable del programa (como pueden ser, entre otras, la participación de empresas en la investigación, la existencia de convenios de confidencialidad con empresas o la posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre parte del contenido de la Tesis), la Comisión de Doctorado podrá limitar provisionalmente el acceso público a determinadas partes de la Tesis y deberá exigir un compromiso escrito de confidencialidad a quienes estén autorizados para su consulta.